MARCO JURIDICO INTERNACIONAL FIRMADO POR LA REPÚBLICA DOMINICANA PARA LA PROTECCIÓN DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL Y EL DERECHO DE AUTOR Y CONEXOS
La República dominicana es signataria de varios acuerdos, pactos y convenciones, internacionales para la protección y defensa de la propiedad intelectual y el derecho de autor, que se presentan a continuación:
- Declaración Universal de los Derechos Humanos, que en su artículo 27.2, dispone que “toda persona tiene derecho a la protección de los intereses morales y materiales que le corresponden por razón de las producciones científicas, literarias o artísticas de que sea autora”.
LINK: http://www.un.org/es/universal-declaration-human-rights
- Declaración Americana de los Derechos y Deberes del Hombre (Artículo 13).
LINK: http://www.oas.org/es/cidh/mandato/Basicos/declaracion.asp
- Convención Interamericana Sobre Derecho de Autor de obras literarias, científicas y artísticas (1946), ratificada por el Congreso de la República Dominicana el 13 de enero de 1947.
LINK: http://www.wipo.int/wipolex/es/other_treaties/details.jsp?group_id=21&treaty_id=378
- Pacto Internacional para la protección de los Derechos Económicos, Sociales y Culturales, artículo 15, Numeral 1.
LINK: http://www.ohchr.org/SP/ProfessionalInterest/Pages/CESCR.aspx
- El Tratado de la Organización Mundial de la Propiedad Intelectual (OMPI) sobre Derecho de Autor (WCT/TODA) mediante la Resolución No.150-03.
LINK: http://www.wipo.int/treaties/es/ip/wct
- El Acuerdo de Marrakech, por el cual se establece La Organización Mundial de Comercio, en donde se consagraron los «Aspectos de los Derechos de Propiedad Intelectual Relacionados con el Comercio (ADPIC)», ratificado por el Estado Dominicano mediante la Resolución No. 2-95 del 20 de enero de 1995.
LINK: http://www.wipo.int/treaties/es/text.jsp?file_id=305906
- El Tratado de la Organización Mundial de la Propiedad Intelectual (OMPI) sobre Interpretación o Ejecución y Fonogramas (WPPT / TOIEF), ratificado por el Estado Dominicano mediante la Resolución No. 182-03 del 12 de Agosto de 2003.
LINK: http://www.wipo.int/treaties/es/ip/wppt/
- El Acta de París del 1971, de la Convención de Berna para la Protección de las Obras Literarias y Artísticas, decreto 23-98, publicado en la Gaceta No.73 del 22 de abril del 1998.
LINK: http://www.wipo.int/wipolex/es/details.jsp?id=12800
- La Convención sobre la protección de los artistas intérpretes o ejecutantes, los productores de fonogramas y los organismos de radiodifusión, mejor conocida como la Convención de Roma del 1961, la cual fue ratificada por el Estado Dominicano en el año 1977 mediante la Resolución No.674. artículo 12.
LINK: http://www.wipo.int/treaties/es/ip/rome/
- Acuerdo de Libre Comercio entre los Estados Unidos, Centroamérica y la República Dominicana (DR-CAFTA). Fecha de suscripción: 05 agosto 2004, en vigor.
LINK: http://www.sice.oas.org/Trade/CAFTA/CAFTADR/CAFTADRin_s.asp
- El Acuerdo de Negociación Económica con la Unión Europea, (Economic Partneship Agrements-EPA, por sus siglas en ingles) fue firmado el 15 de octubre 2007, entrando en vigor el 1ro. de enero 2008.
LINK: http://cei-rd.gov.do/ceird/transparencia/publicaciones/Acuerdo%20-%20Union%20Europea%20y%20Cariforo%20(AAE).pdf
- El Tratado de Beijing sobre Interpretaciones y Ejecuciones Audiovisuales, adoptado el 24 de junio de 2012, se ocupa de los derechos de propiedad intelectual de los artistas intérpretes o ejecutantes sobre las interpretaciones o ejecuciones audiovisuales. La República Dominicana lo ratificó en el año 2018.
LINK: https://www.wipo.int/treaties/es/ip/beijing/